Desde ahora se deberá tomar como referencia del cálculo el índice Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).
Antes, regía la tasa activa del Banco Nación, que era mucho más alta.
El abogado Gonzalo Gainza en charla con Radio Azul hizo algunas consideraciones respecto de esta decisión que lesiona derechos de los trabajadores.
“Reduce el impacto de las indemnizaciones en los estados contables de las Aseguradoras de Riesgo de Trabajo (ART)”, indicó el abogado.
Además criticó el carácter retroactivo del decreto de necesidad y urgencia firmado por el presidente Mauricio Macri.
También mencionó que, la justificación invocada por el Gobierno de que el índice de indemnización por incapacidad definitiva es el mayor, no se ajusta a la verdad.
Al igual que ocurrió con la denominada Reparación Histórica en el aspecto previsional, ésta modifiicación de la Ley de Riesgo del Trabajo, “Es un error y un perjuicio para los trabajadores”, opinó Gonzalo Gainza por Radio Azul.
(van palabras).-
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